Un proyecto de ley presentado en la Cámara de Diputados del Chaco propone endurecer las sanciones contra las personas que insulten, amenacen, humillen públicamente o agredan física y psicológicamente a trabajadores de la Educación y de la Salud.
La iniciativa plantea modificar el Código de Faltas Provincial para establecer penalidades económicas más elevadas y períodos de arresto de hasta 30 días, con el objetivo de ampliar la protección de docentes, médicos, enfermeros y otros integrantes de ambos sectores frente a situaciones de violencia vinculadas con el ejercicio de sus funciones.
La propuesta contempla multas que pueden alcanzar los ocho salarios mínimos, vitales y móviles, además de sanciones agravadas cuando se registren circunstancias particulares.
La iniciativa fue ingresada el martes 3 a la Legislatura chaqueña por el diputado provincial Adrián Zukiewicz, mediante el expediente 2665/2026.
El legislador propone modificar los artículos 44 bis, 44 ter y 68 bis de la Ley 850-J, correspondiente al Código de Faltas del Chaco, con el propósito de establecer un régimen específico para las agresiones dirigidas contra trabajadores de establecimientos educativos y centros sanitarios.
La reforma comprende distintas modalidades de violencia, desde expresiones verbales ofensivas y amenazas hasta agresiones físicas, intimidaciones y conductas reiteradas de hostigamiento.
En el caso de los trabajadores de la Educación y de la Salud, insultar, amenazar o humillar públicamente a una persona durante el ejercicio de sus funciones podría ser sancionado con una multa equivalente a dos salarios mínimos, vitales y móviles. Cuando la conducta incluya una agresión física que no provoque lesiones, la penalidad propuesta ascendería a cuatro salarios mínimos, acompañada de diez días de arresto.
El texto también contempla circunstancias agravantes que permitirían duplicar las penalidades previstas. Entre ellas se encuentran las agresiones cometidas frente a alumnos, las situaciones que provoquen interrupciones de las actividades escolares, los ataques que obstaculicen la atención de emergencias sanitarias y los casos de reincidencia.
La propuesta también legisla una la ampliación de los ámbitos en los que podrían aplicarse las sanciones. La protección no quedaría restringida a los episodios ocurridos dentro de escuelas, hospitales o centros de salud, sino que alcanzaría también a las agresiones realizadas mediante redes sociales, mensajes y otros medios de comunicación.
Asimismo, quedarían comprendidas las situaciones registradas durante actividades escolares, atenciones domiciliarias y traslados sanitarios, de manera que la protección contemplaría diferentes circunstancias en las que docentes y trabajadores de la salud desarrollan sus tareas.
HOSTIGAMIENTO SANITARIO Y ARRESTOS DE HASTA 30 DÍAS
La reforma está destinado a las situaciones reiteradas de violencia contra el personal sanitario. Para estos casos, el proyecto establece un régimen de sanciones más elevado cuando existan conductas persistentes de hostigamiento, intimidación o malos tratos psicológicos y verbales.
La propuesta contempla multas equivalentes a seis salarios mínimos, vitales y móviles y 15 días de arresto, diferenciando estos episodios de las agresiones aisladas y considerando la continuidad de las conductas como un elemento relevante para determinar la respuesta sancionatoria.
Cuando el hostigamiento reiterado contra trabajadores de la salud incluya violencia física sin ocasionar lesiones, la sanción propuesta se elevaría a ocho salarios mínimos y 30 días de arresto.
Se trata de la penalidad más elevada contemplada en la iniciativa, que establece una respuesta diferenciada para los hechos en los que las conductas intimidatorias o agresivas se combinan con ataques físicos.
El proyecto también prevé que las sanciones puedan duplicarse cuando se presenten circunstancias agravantes, entre ellas las agresiones durante una emergencia sanitaria, la participación de dos o más personas y la reincidencia de quienes cometan estas infracciones.
La reforma incorpora, además, una medida de protección directa para el trabajador sanitario afectado, mediante la posibilidad de establecer una prohibición de acercamiento durante 90 días para la persona sancionada.
» Responsabilidad legal
En los fundamentos del proyecto, Zukiewicz sostiene que la legislación provincial vigente ya contempla sanciones para este tipo de conductas, aunque considera necesario establecer penalidades más precisas y ampliar los mecanismos de protección para quienes trabajan en establecimientos educativos y sanitarios.
El legislador plantea que la normativa debe diferenciar los hechos aislados de las situaciones reiteradas de violencia, con el propósito de evitar que comportamientos persistentes de hostigamiento reciban un tratamiento sancionatorio similar al de episodios puntuales.
En relación con las agresiones contra docentes cometidas por familiares de alumnos, la iniciativa identifica expresamente a padres, tutores, curadores y personas que aleguen algún vínculo de parentesco como posibles responsables de las conductas sancionadas.
La propuesta también contempla los casos en los que intervengan estudiantes menores de edad y establece que la eventual responsabilidad de sus representantes legales deberá evaluarse conforme a las disposiciones del Código de Faltas Provincial.
Este criterio introduce una consideración específica sobre la participación de menores en episodios de agresión, sin establecer una atribución automática de responsabilidad a sus adultos responsables, sino remitiendo su evaluación al marco normativo correspondiente.

