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    Policiales

    Confirman procesamientos por lavado de activos y terrorismo

    26 de diciembre de 2025
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    La Cámara Federal de Corrientes confirmó los procesamientos con prisión preventiva dictados contra 13 personas acusadas de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, en una causa que investiga presuntos vínculos con la organización criminal transnacional conocida como Tren de Aragua.
    La decisión ratificó en lo sustancial la investigación impulsada por el Ministerio Público Fiscal y avaló las medidas dispuestas en primera instancia por el Juzgado Federal 1 de Corrientes.
    El tribunal de alzada estuvo integrado por los jueces Ramón Luis González y Mirta Gladis Sotelo, quienes resolvieron los recursos de apelación presentados por las defensas contra el procesamiento ordenado el 4 de septiembre pasado.
    La resolución fue dictada con votos coincidentes y confirmó tanto las imputaciones principales como las medidas cautelares personales y patrimoniales.
    Los camaristas respaldaron la actuación del Ministerio Público Fiscal, que intervino a través del fiscal general subrogante ante la Cámara Federal de Corrientes, Carlos Schaefer, y del auxiliar fiscal de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos, Alberto Barbuto.
    La investigación también contó con la participación de la Unidad Fiscal Especializada en Criminalidad Organizada, a cargo del fiscal federal Santiago Marquevich.
    El fallo confirmó que los procesamientos se fundaron en una investigación iniciada en 2023, que permitió reconstruir un presunto entramado delictivo con proyección internacional. Según la resolución, las actuaciones judiciales reunieron elementos suficientes para sostener, en esta etapa del proceso, la existencia de maniobras complejas destinadas a canalizar recursos de origen ilícito.
    La Cámara también ratificó los embargos trabados sobre los bienes de los imputados, fijados en un millón de pesos para cada uno de ellos.
    Esta medida fue considerada proporcional a la magnitud económica de las maniobras investigadas y necesaria para asegurar eventuales decomisos o responsabilidades patrimoniales futuras.

    LOS IMPUTADOS Y LAS CALIFICACIONES PENALES
    Los procesamientos confirmados alcanzan a trece personas, ocho hombres y cinco mujeres, de los cuales once son de nacionalidad venezolana, una colombiana y un ciudadano argentino.
    El principal imputado es Guillermo Rafael Boscán Bracho, señalado como líder de la denominada Banda del Yiyi, presuntamente vinculada al Tren de Aragua.
    Con la decisión de la Cámara, nueve personas quedaron procesadas por los delitos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo. Además de Boscán Bracho, figuran imputados otros ocho acusados identificados por sus iniciales como E.D.U.B., A.J.B.P., D.A.B.C., E.Y.C.S., J.A.L.G., M.A.B.C., A.M.D.C. y M.C.D.C.
    En tanto, dos mujeres identificadas como M.D.V.C. y M.T.D.C., y dos hombres, F.J.D.C. y D.E.A., fueron procesados únicamente por el delito de lavado de activos. La Cámara consideró que, respecto de estos imputados, no se reunieron en esta instancia elementos suficientes para sostener la imputación por financiamiento del terrorismo.
    Si bien todos los acusados habían sido inicialmente procesados por asociación ilícita en la modalidad de organización criminal, prevista en el artículo 210 ter del Código Penal, el tribunal de alzada declaró la nulidad parcial del auto de procesamiento respecto de esa imputación específica. Esta decisión no afectó la validez de los procesamientos por lavado de activos y financiamiento del terrorismo.

    La estructura criminal investigada

    Según surge de la investigación judicial, los imputados habrían integrado desde al menos 2019 una estructura criminal organizada en dos células operativas.
    Ambas habrían estado presuntamente lideradas por Guillermo Rafael Boscán Bracho, incluso durante el tiempo en que se encontraba privado de la libertad.
    El fallo destacó que la organización habría desplegado una relevante capacidad económica y logística, evidenciada en la adquisición de bienes de alto valor sin respaldo en ingresos lícitos comprobables. Esta circunstancia fue considerada un indicio central para sostener la hipótesis de maniobras sistemáticas de lavado de activos.
    De acuerdo con las constancias de la causa, la pesquisa permitió identificar múltiples operatorias de blanqueo de capitales, cuyo volumen económico fue estimado en más de $120 millones. Estas maniobras habrían sido realizadas de manera coordinada y sostenida en el tiempo.
    Entre los mecanismos detectados se describió el uso de un sistema informal de transferencias de dinero tipo hawala, que opera al margen del sistema bancario tradicional y se basa en redes de confianza personal. Este sistema habría funcionado en el barrio porteño de Colegiales bajo el nombre comercial Giro Activo.

    Vínculos

    La Cámara consideró acreditado, en el estado actual del proceso, que parte de los recursos generados por estas maniobras habrían sido destinados a sostener actividades de la organización Tren de Aragua fuera del territorio argentino. Esta conclusión se apoyó en un conjunto de elementos probatorios de diversa naturaleza.
    «El juez de grado no fundó la imputación en meras alusiones contextuales ni en la sola referencia nominal al Tren de Aragua, sino en la verificación de un circuito económico organizado, estable y de significativa magnitud», señalaron los camaristas en la resolución, al analizar los agravios de las defensas.
    El fallo agregó que dicho circuito habría estado «destinado a generar y canalizar recursos hacia el sostenimiento de una estructura criminal transnacional que, conforme información institucional coincidente y no desvirtuada en esta instancia, se encuentra vinculada a hechos calificados como terroristas y ha sido incluida en registros oficiales como el Repet».
    En este punto, la Cámara recordó que la organización Tren de Aragua fue inscripta en febrero pasado en el Registro Público de Personas y Entidades vinculadas a actos de Terrorismo y su Financiamiento, a través de la resolución 186/2025 del Ministerio de Seguridad Nacional.
    Para arribar a sus conclusiones, el tribunal ponderó informes de organismos estadounidenses como el FBI y la Oficina de Investigaciones Criminales, análisis elaborados por la Procelac, informes de la Policía Federal Argentina (PFA), el levantamiento del secreto bancario y fiscal, intervenciones telefónicas y registros migratorios.
    También se valoró la documentación secuestrada en los allanamientos realizados el 28 de mayo de 2025, que incluyeron dinero en efectivo, dispositivos electrónicos, documentación inmobiliaria y un pasaporte apócrifo, elementos que fueron considerados relevantes para reconstruir el funcionamiento del presunto entramado delictivo.

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