Close Menu
Diario La Voz del Chaco
    Facebook X (Twitter) Instagram
    ULTIMAS NOTICIAS
    • Bienal 2026: más de 640 efectivos y tecnología garantizan la seguridad del evento
    • Bienal 2026: segunda jornada con 16 actividades y un gran cierre de Mundo Armandi
    • Joven pelea por su vida tras recibir un disparo en la cabeza en Barranqueras: hay tres detenidos
    • Morosidad en aumento: uno de cada tres argentinos con deudas no logra pagarlas
    • Se entregó en Charata un hombre que mató a una mujer y la arrojó a un pozo ciego en José C. Paz
    • Llegó el día: Argentina busca la gloria ante España en una final que promete
    • La selección blindada: por qué fracasó el intento de empujar a Messi a la grieta
    • Resistencia celebra el encuentro mundial del arte a cielo abierto
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Diario La Voz del ChacoDiario La Voz del Chaco
    domingo 19 julio
    • Videos
    • Política
    • Nacionales
    • Sociedad
    • Interior
    • Policiales
    • Deportes
    • Internacionales
    Diario La Voz del Chaco
    Portada » Se promulgó la ley que endurece las penas por maltrato animal
    Sociedad

    Se promulgó la ley que endurece las penas por maltrato animal

    19 de julio de 2026
    Compartir
    Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp

    El gobierno del Chaco promulgó la nueva ley que endurece las sanciones por maltrato y crueldad animal en toda la provincia. Con el valor actual del salario mínimo, vital y móvil fijado en $376.600, las multas podrán alcanzar los $18.830.000 en los casos más graves.
    La medida fue oficializada mediante el decreto 1655/2026, firmado por el gobernador Leandro Zdero y el secretario general de la Gobernación, Julio César Ferro. El instrumento, fechado el 16 de julio, promulgó la sanción legislativa 4244-R, destinada a reforzar los mecanismos preventivos, sancionatorios y de protección animal.
    La norma modifica el artículo 133 e incorpora nuevos apartados al Código de Faltas del Chaco, con una diferenciación entre situaciones de maltrato, actos de crueldad y hechos agravados.

    Maltrato animal: multas de hasta $7.5 millones
    Quien inflija malos tratos a un animal podrá recibir una multa equivalente a entre cinco y 20 salarios mínimos, además de un arresto de hasta 60 días.
    Tomando como referencia un salario mínimo de $376.600, las sanciones económicas serán de:
    Multa mínima: $1.883.000.
    Multa máxima: $7.532.000.
    La ley considera maltrato, entre otras conductas, no proporcionar alimento suficiente, negar asistencia veterinaria cuando sea necesaria, someter al animal a esfuerzos que excedan sus capacidades físicas o mantenerlo en condiciones inadecuadas de higiene, espacio, ventilación, temperatura o salubridad.
    También queda comprendido el abandono en la vía pública, en un inmueble o en cualquier otro lugar sin resguardo, así como la administración de sustancias o prácticas que afecten su salud y bienestar.
    Cuando el hecho sea considerado de escasa gravedad, la autoridad podrá reemplazar la sanción por tareas comunitarias relacionadas con la protección y el bienestar animal.

    Crueldad animal: sanciones superiores a $15 millones
    Para los actos considerados de crueldad, la nueva legislación fija multas de entre 25 y 40 salarios mínimos, junto con arrestos que podrán alcanzar los 120 días.
    Los montos actuales equivalen a:
    Multa mínima: $9.415.000.
    Multa máxima: $15.064.000.
    Dentro de esta categoría se encuentran las acciones de torturar, golpear o causar sufrimientos intencionales; mutilar sin justificación veterinaria; realizar intervenciones quirúrgicas sin anestesia o habilitación; y efectuar experimentos fuera de los protocolos autorizados.
    También se considerará crueldad organizar o participar en riñas, espectáculos o actividades que impliquen violencia, sufrimiento o muerte de animales.
    La ley incorpora, además, una situación específica: cuando una persona atropelle a un animal y, teniendo conocimiento del hecho, lo abandone sin prestarle ayuda.

    Agravantes por difusión en redes o presencia de niños
    Para determinar la sanción, la autoridad deberá tener en cuenta la gravedad del episodio, el daño causado, el sufrimiento provocado, la reincidencia y la situación de vulnerabilidad del animal.

    La ley considera agravantes especiales
    -Que el hecho ocurra delante de niños, niñas o adolescentes.
    -Que las imágenes sean difundidas mediante redes sociales o plataformas digitales.
    -Que el responsable sea el cuidador, tenedor habitual o garante del animal.
    La difusión de los hechos por medios electrónicos podrá, de esta manera, provocar un agravamiento de la sanción.

    Inhabilitación para tener animales
    Además de las multas y arrestos, la autoridad podrá ordenar el decomiso preventivo o definitivo del animal y aplicar una inhabilitación para la tenencia por un período de uno a diez años.
    Durante ese plazo, el infractor no podrá adquirir, adoptar, registrar, alojar, comercializar ni mantener animales bajo su responsabilidad.
    En casos de reincidencia grave o extrema gravedad, la prohibición podrá establecerse de manera definitiva.
    También podrán imponerse capacitaciones obligatorias sobre bienestar animal y tareas comunitarias en entidades protectoras o programas públicos.

    Rescate inmediato ante situaciones de peligro
    La norma habilita a las autoridades a adoptar medidas preventivas cuando se detecte una infracción o exista peligro inminente para la vida o integridad del animal.
    Entre ellas se incluyen rescate o secuestro preventivo, asistencia veterinaria inmediata, traslado a refugios o entidades protectoras y custodia provisoria.
    Ante situaciones urgentes debidamente fundamentadas, estas medidas podrán tomarse sin una orden judicial previa, aunque deberán ser comunicadas inmediatamente a la autoridad competente.

    Crearán un registro de infractores
    La ley también crea el Registro Provincial de Infractores por Maltrato y Crueldad Animal, que funcionará dentro del organismo designado como autoridad de aplicación.
    El registro podrá ser consultado obligatoriamente en procedimientos de adopción, rescate, transferencia, entrega o guarda responsable. Quienes estén inscriptos y mantengan una inhabilitación vigente no podrán adoptar ni tener animales durante el período fijado en la sanción.
    Asimismo, se conformará un Fondo Provincial de Protección y Bienestar Animal, integrado por el dinero recaudado a través de las multas, aportes estatales, donaciones y recursos de programas específicos.
    Los fondos deberán utilizarse exclusivamente para rescates, asistencia veterinaria, control poblacional, campañas de concientización y fortalecimiento institucional.

    Regulación de celulares en las escuelas
    El gobierno del Chaco promulgó la ley que regula el uso de celulares, dispositivos digitales e inteligencia artificial en las escuelas, por lo que ahora comenzará la etapa de reglamentación e implementación dentro del sistema educativo provincial.
    La novedad fue formalizada mediante el decreto 1650/2026, firmado el 16 de julio por el gobernador Leandro Zdero y el secretario general de la Gobernación, Julio César Ferro. El instrumento promulgó la sanción legislativa 4242-E, aprobada previamente por la Cámara de Diputados.
    Con este paso, la norma quedó incorporada al ordenamiento provincial y el Ministerio de Educación deberá avanzar con la elaboración de las pautas concretas que regirán en los establecimientos de gestión pública y privada.

    No es una prohibición absoluta
    La ley establece como principio general que los teléfonos y dispositivos tecnológicos solo podrán utilizarse con fines pedagógicos, institucionales o de accesibilidad, según el nivel educativo y las autorizaciones correspondientes.
    En el nivel inicial, el uso por parte de los estudiantes quedará restringido durante toda la jornada escolar. Solo podrá habilitarse para actividades pedagógicas específicas, organizadas por la institución y supervisadas por docentes.
    Para el nivel primario, también se limita el uso habitual durante el horario escolar. Los dispositivos podrán emplearse en actividades previamente planificadas y bajo supervisión del docente.
    En el primer ciclo, que comprende de primero a tercer grado, deberán priorizarse la atención, la interacción social directa y los espacios libres de pantallas.

    Qué ocurrirá en
    las escuelas secundarias
    En el nivel secundario, los alumnos no podrán utilizar celulares durante el desarrollo de las clases, excepto cuando exista una autorización expresa del docente o del personal directivo. Las excepciones deberán responder a objetivos pedagógicos, institucionales o de accesibilidad.
    Fuera del horario de clase, pero dentro de la institución, cada establecimiento podrá determinar cómo se utilizarán los dispositivos, de acuerdo con las pautas que establezca la autoridad educativa.

    Educación deberá elaborar un protocolo provincial
    El Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología fue designado como autoridad de aplicación y deberá elaborar un Protocolo Marco de Convivencia Digital y Uso de Dispositivos Tecnológicos.

    Hasta $18.8 millones por hechos agravados

    La sanción más severa está prevista para quienes causen la muerte de un animal, lesiones permanentes, mutilaciones graves o secuelas que comprometan de manera irreversible su integridad física.
    En estos casos, la multa podrá alcanzar los 50 salarios mínimos, actualmente equivalentes a $18.830.000, mientras que el arresto podrá extenderse hasta 180 días.
    Cuando exista reincidencia o se compruebe un ensañamiento especial, la pena deberá aplicarse dentro del tramo superior de la escala
    Estas sanciones tendrán naturaleza administrativa y contravencional, sin perjuicio de una eventual responsabilidad penal por los mismos hechos, de acuerdo con la legislación nacional.

    Destacada
    Share. Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp Copy Link

    Seguir leyendo

    Bienal 2026: más de 640 efectivos y tecnología garantizan la seguridad del evento

    Bienal 2026: segunda jornada con 16 actividades y un gran cierre de Mundo Armandi

    Morosidad en aumento: uno de cada tres argentinos con deudas no logra pagarlas

    Se entregó en Charata un hombre que mató a una mujer y la arrojó a un pozo ciego en José C. Paz

    La selección blindada: por qué fracasó el intento de empujar a Messi a la grieta

    Resistencia celebra el encuentro mundial del arte a cielo abierto

    ÚLTIMAS NOTICIAS
    Sociedad

    Bienal 2026: más de 640 efectivos y tecnología garantizan la seguridad del evento

    19 de julio de 2026
    Sociedad

    Bienal 2026: segunda jornada con 16 actividades y un gran cierre de Mundo Armandi

    19 de julio de 2026
    Policiales

    Joven pelea por su vida tras recibir un disparo en la cabeza en Barranqueras: hay tres detenidos

    19 de julio de 2026
    Sociedad

    Morosidad en aumento: uno de cada tres argentinos con deudas no logra pagarlas

    19 de julio de 2026
    Policiales

    Se entregó en Charata un hombre que mató a una mujer y la arrojó a un pozo ciego en José C. Paz

    19 de julio de 2026
    RSS En Corrientes
    • La Selección blindada: por qué fracasó el intento de empujar a Messi a la grieta
    • Ley de blindaje contra el abigeato: promueven mataderos de excepción
    • Milei afina su agenda luego de un semestre clave en el Congreso
    • La inversión capitalina marca una impronta de gestión necesaria
    • La rentabilidad como el principal desafío de las economías regionales
    Facebook X (Twitter) Pinterest Vimeo WhatsApp TikTok Instagram

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.