La fiscal de Investigaciones 1 de Villa Ángela, Gisela Mariana Oñuk, requirió la elevación a juicio de la causa contra los policías Juan Pablo Rafael Quintana y Miguel Ángel Martín, acusados de golpear a un joven con discapacidad en Villa Berthet. El pedido fue presentado el 1 de octubre ante el Juzgado en lo Correccional, a cargo de María Alejandra Kuray, luego de que la Fiscalía considerara concluida la investigación preparatoria y reunidos los elementos para sostener la acusación.
Según pudo saber LITIGIO, el expediente investiga una agresión ocurrida durante la madrugada del 7 de septiembre de 2025, la cual salió a la luz gracias a un video filmado por un vecino a través de su celular.
La acusación sostiene que ambos efectivos sacaron por la fuerza a A.J.G., de 20 años de edad, del local bailable La Mega y lo trasladaron hasta la vereda de una vivienda del barrio Itatí, detrás del Club Cooperativa, donde le dieron golpes de puño y patadas en distintas partes del cuerpo, mientras se encontraba indefenso en el piso.El avance hacia el juicio vuelve a poner el foco sobre Quintana, quien también se encuentra imputado en una causa por presunta violencia policial en Villa Ángela. En ese expediente se investiga la intervención de efectivos de la Comisaría Segunda sobre un hombre con discapacidad y problemas de salud mental, que quedó registrado en un video difundido en redes sociales y medios de comunicación.
EL ATENTADO
Según la reconstrucción incorporada al requerimiento fiscal, el joven se dirigía al boliche La Mega cuando fue interceptado por los dos hombres.
De acuerdo con su declaración, uno lo tomó del brazo y ambos lo llevaron hasta una vivienda situada a unas dos cuadras. Allí lo hicieron sentar contra una pared y comenzaron a golpearlo.
En su testimonio, G. relató que recibió patadas y golpes de puño en la cabeza, el rostro y la pierna derecha. También afirmó que uno de los agresores lo amenazó para evitar que denunciara lo sucedido. “Si me denunciás, te va a ir peor”, habría sido la advertencia, según la declaración incorporada al expediente.
La víctima señaló que los dos hombres le dijeron que eran policías. También explicó que tiene la pierna derecha más corta desde su nacimiento, una condición que integra el contexto de vulnerabilidad señalado en la investigación.
La acusación cuenta con un informe médico forense que constató equimosis en la cabeza y el muslo derecho, hematomas alrededor de ambos ojos y en las regiones malares, además de lesiones en el brazo izquierdo.
La médica forense Silvana Ovando concluyó que las lesiones habían sido producidas por terceros mediante un objeto romo y duro, que requerían menos de un mes para curarse y que no habían puesto en peligro la vida.
La investigación también incorporó el video de la agresión, fotografías, informes del Gabinete Científico del Poder Judicial y testimonios. Entre ellos figura el de una vecina que declaró haber visto cómo dos hombres golpeaban al joven mientras estaba sentado en la vereda. Según su relato, uno le pegaba en el rostro y el otro le daba patadas en la pierna y el estómago.
La testigo agregó que la víctima pedía que dejaran de golpearla y que, cuando llegó la Policía, los agresores continuaron con la violencia. También declaró que los efectivos presentes les pedían a los vecinos que se retiraran y que no grabaran la situación.
QUE SOSTIENE
LA FISCALIA
En su requerimiento, Oñuk consideró que las pruebas reunidas permiten sostener, con el grado de probabilidad exigido en esta etapa procesal, que Quintana y Martín participaron materialmente de la agresión.
La fiscala pidió que ambos sean llevados a juicio como coautores del delito de lesiones leves, previsto en el artículo 89 del Código Penal, en función del artículo 45.
Los dos habían sido convocados a prestar declaración como imputados el 30 de septiembre de 2025, pero hicieron uso de su derecho a abstenerse.
El documento fiscal también señala que, al momento del hecho, ambos policías no se encontraban en actividad ni ejerciendo funciones.
Es por eso que justamente la causa tramita ante la Fiscalía de Investigaciones Penales 1 de Villa Ángela y no en la fiscalía Especial de Derechos Humanos de Sáenz Peña, como hubiera ocurrido si ambos uniformados hubiesen estado de servicio.
La Secretaría de Derechos Humanos de la provincia interviene como querellante institucional.
Uno de los acusados tiene
otra causa que afrontar
El caso de Villa Berthet no es la única investigación penal en trámite que involucra a Quintana por hechos de violencia contra personas con discapacidad o en situación de vulnerabilidad.
Como informó LITIGIO, el Comité Provincial para la Prevención de la Tortura solicitó a comienzos de octubre que se aplique la Ley de Reiterancia y se dicte la prisión preventiva del efectivo, en el marco de la causa por un procedimiento ocurrido el 1 de septiembre de 2026 en Villa Ángela.
El organismo también pidió ser admitido como querellante institucional en ese expediente.
La investigación se originó tras la difusión de un video en el que se observa a efectivos policiales reduciendo a un hombre con problemas de salud mental. Las imágenes muestran a la persona en el suelo y a uno de los agentes propinándole una patada en la cabeza.
En ese expediente están imputados Pedro Alejandro Pared y Germán Augusto Defagot por presuntos apremios ilegales cometidos con violencia.
Quintana, quien se desempeñaba como jefe del operativo, fue imputado por encubrimiento en concurso real con privación ilegítima de la libertad por abuso funcional. Según la acusación fiscal referida en los antecedentes del caso, habría arrojado las esposas desde el patrullero para que uno de sus subordinados terminara de maniatar a la víctima.
En su informe sobre el procedimiento, Quintana sostuvo que se había utilizado “la fuerza mínima e indispensable”.
El Comité contra la Tortura fundamentó su pedido en la existencia de dos procesos penales en trámite contra Quintana: la causa por la golpiza al joven con discapacidad en Villa Berthet y la investigación por el procedimiento policial en Villa Ángela.
El organismo solicitó que esa circunstancia sea considerada al evaluar la aplicación de la Ley 4261-N, que modificó el Código Procesal Penal del Chaco para incorporar la reiterancia delictiva como un elemento a tener en cuenta al resolver medidas de coerción. También requirió la prisión preventiva del policía, al plantear la existencia de riesgos de fuga y de entorpecimiento de la investigación.

