El fiscal de Estado, Horacio Ortega, entrevistado por LA VOZ DEL CHACO, evaluó el rechazo dispuesto por la jueza federal de Goya, Cristina Pozzer Penzo, y su consecuente en la Cámara de Apelaciones, que excluye la querella solicitada por el gobierno de Corrientes para el expediente abierto por la desaparición de Loan Peña el 13 de junio pasado en el paraje El Algarrobal, de 9 de Julio (Corrientes).
Aclaró que, según la magistrada, el delito investigado no compromete la situación de los menores ni el bien jurídico, por lo que el Estado provincial solo debe remitirse a continuar aportando las pruebas que obtenga.
El fiscal explicó que esta interpretación implica que los futuros expedientes relacionados con el caso tendrán un peso limitado, y consideró que, con lo hecho, el Estado provincial ha cumplido con todos los procedimientos legales en la materia.
Así transcurrió parte del diálogo.
-¿Qué lectura hace del fallo que emitió el Juzgado Federal de Goya con relación al pedido del Estado provincial en el caso Loan Peña?
-El fallo en sí que dicta la doctora Pozzer Penzo lo apelamos dentro de la obligación legal que tenemos de interponer las apelaciones no favorables al Estado provincial.
Sin embargo, la Cámara entendió que, en razón del delito que se está investigando, estaría cubierta la situación de los menores, que fue uno de los agravios que planteamos, y que el bien jurídico no estaba comprometido.
Entonces, no queda más al Estado que seguir teniendo la opción de poner a disposición los medios de prueba que tenemos.
-¿Qué grado de consideración tuvo la magistrada sobre los aportes que llevó adelante el Ministerio Público provincial?
-La jueza admitió todas las pruebas que tuvimos, como las declaraciones del padre de Loan, la declaración de un periodista, quien había dado un panorama diferente de la situación en la que se llevó adelante la desaparición.
En esa línea de cuestiones, nosotros vamos a seguir con las previsiones que correspondan.
CAUSAS CONEXAS
-¿Cuál es la situación de las causas conexas a este caso?
-Por otro lado, hay cuestiones que rodean este caso, como las otras causas en las que nosotros no tenemos interés. Se han hecho las presentaciones, pero el Juzgado las dejó supeditadas a los recursos de la Cámara.
-¿Cuál es su interpretación del fallo en segunda instancia?
-La Cámara ha sido clara en que la administración pública no se ha visto resentida y, bajo esa óptica, no podemos avanzar más, porque nosotros lo hacíamos en virtud de la protección que corresponde a la administración pública, por entender que este funcionario no es cualquier funcionario, sino el comisario.
La Cámara dice que la administración pública no se vio resentida, y en esa dirección, tampoco los expedientes siguientes van a tener mucho peso, porque no hay evidencias suficientes.
-¿Y la situación del expediente por la sustracción del menor?
-Por otro lado, el fallo se investiga por el delito de sustracción y ocultamiento de un menor de 10 años a sus progenitores, por lo tanto, para este delito no está comprometido el interés público.
«La exclusión de la provincia del caso
es inédita»
-¿Qué posición adoptará el Ministerio Público Fiscal en caso de ser requerido por la comunidad, no puntualmente por el fuero judicial?
-Nosotros tenemos un mandato que es muy simple: respondemos a un interés, que es saber qué ocurrió con la desaparición de esta criatura. Pero si la Justicia, a través de los fiscales y la defensora que está investigando, dice que es suficiente, debemos acatar las órdenes del fallo.
Por supuesto, si tenemos algún tipo de conocimiento de pruebas, lo haremos en el proceso, como ya lo aceptó la Jueza.
Fíjese que lo aportado hasta este momento fue conducente porque no solamente se llamó al padre, también se llamó a la abuela, al círculo del hermano, y un periodista luego se desdijo de lo que había informado.
-Según su opinión, ¿qué lógica conduce un fallo que niega lo que la comunidad reclama, mayores recursos y capacidades para determinar el paradero de Loan Peña, al excluir a la provincia del proceso?
-Creo que las circunstancias que me permitían a mí, según lo establece la Constitución, que dice que el fiscal de Estado intervendrá, accionamos con la constitución de la querella.
Lo que llamó mucho la atención, como se reflejó en la audiencia, es que todos estuvieran en contra, no solo los abogados del imputado, sino también la defensora de la Niñez, el Ministerio Público y la Cámara, que se opusieron a que interviniera el Estado provincial.
Nunca vi una situación de esa naturaleza. Evidentemente, la posición es que es una postura que debemos respetar.
«El Estado velará por la protección de los derechos del niño y su interés superior»
-En caso de que alguien decida recurrir a la provincia para aportar pruebas. ¿El Ministerio Público intervendrá?
-Podemos hacerlo porque el fallo de primera instancia nos autoriza a intervenir limitadamente. Nosotros tuvimos que recurrir a este mecanismo porque la Jueza de primera instancia, mediante un oficio, determinó el apartamiento del Ministerio de Justicia, de Seguridad y locales.
Por lo tanto, la única vía legal que teníamos era la presentación de querellantes, como lo hicimos, y no sólo lo hicimos con el afán de colaborar con el proceso, sino porque al comisario se le podía atribuir la conducta de incumplimiento de sfuncionario público.
-¿Cómo encaja esta situación en la línea política que imparte el gobierno de Corrientes en pos de la tutela de los menores de edad?
-El Estado ha cumplido y cumple con todos los procedimientos que establecen las leyes de protección. Uno de los argumentos por los que solicitábamos intervenir era la situación de gravedad y la situación especial, y creemos que la presencia del Estado era lo adecuado.
Fue sorprendente la posición de la Defensora de menores que interviene en el proceso, al decirnos que no hubo caso en torno al derecho de tutela del menor. Creemos que aquí lo que debe primar es cumplir con los estándares internacionales de protección de los derechos del niño, y la provincia ha articulado una serie de actividades que tienden a la protección de los derechos del niño.
Por lo tanto, la postura de la Provincia tiende a la protección de los derechos del niño y el interés superior de los menores. Hasta hace poco, no existían códigos. Tenemos el Banco de Leche Humana, políticas de salud tendientes al bienestar de los niños. Esto no es una cuestión aislada, sino una más que articula el Estado en defensa de todos los niños.