Close Menu
Diario La Voz del Chaco
    Facebook X (Twitter) Instagram
    ULTIMAS NOTICIAS
    • La Poceada Chaqueña fue para una repostera de Resistencia: se llevó un pozo de $109 millones
    • Nuevo torneo de powerlifting organizado junto a Pampa Gym 
    •  “Entre el cielo y la tierra” ya abrió sus puertas en el Museo de Ciencias Naturales Augusto Schulz
    • Nuevos dispositivos duales para la prevención de la violencia de género: «Esto es una pandemia», reconoció la subsecretaria de Justicia
    • Desaparición de Axel González: sin resultados positivos en el reconocimiento de prendas y crece la angustia de la familia
    • Caso Axel: crean un Equipo Fiscal Especial y profundizan tres hipótesis clave
    • Los convocados por Scaloni al Mundial 2026: “Un sueño hecho realidad”
    • Ruta 11 y Alvear: choque entre dos colectivos
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Diario La Voz del ChacoDiario La Voz del Chaco
    viernes 29 mayo
    • Videos
    • Política
    • Nacionales
    • Sociedad
    • Interior
    • Policiales
    • Deportes
    • Internacionales
    Diario La Voz del Chaco
    Portada » El STJ revisará sentencia que absolvió a policías
    Policiales

    El STJ revisará sentencia que absolvió a policías

    13 de enero de 2025
    Compartir
    Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp

    En noviembre del año pasado, la Cámara en lo Criminal de Charata absolvió a los cuatro policías imputados por la muerte en custodia de Leandro Bravo, ocurrida el 26 de febrero de 2022, en horas de la siesta.
    Para absolver a todos los imputados, los camaristas dieron por válida la versión policial de que la víctima “molestaba a los vecinos” y que por eso hicieron un “uso legítimo de la fuerza” para detenerlo y que fueron sus condiciones precarias de salud las que le provocaron la muerte, legitimando el accionar policial durante todo el procedimiento, publicó el portal judicial Litigio.

    LOS ACUSADOS
    En ese contexto, los jueces Juan Carlos Clauter, Andrea Sánchez y Lorena Cimbaro Canella absolvieron al oficial subayudante Alexis Fleitas Noguera, por los delitos de tortura seguida de muerte y falsedad ideológica; al cabo Franco Sosa y al agente Carlos Díaz por el delito de tortura seguida de muerte; y a Enzo Gómez como partícipe necesario del delito de tortura seguida de muerte.
    Ahora, el tribunal de juicio hizo lugar a los recursos de casación presentados por las querellas de la familia y del Comité para la Prevención de la Tortura del Chaco.
    LO QUE VIENE
    Será entonces la Sala Segunda en lo Criminal y Correccional del Superior Tribunal de Justicia, que en 2025 estará presidida por el juez Víctor Del Río y que tendrá como vocal a su par Iride Isabel Grillo, los que tendrán la posibilidad de revisar todas las objeciones planteadas por las querellas contra el fallo absolutorio y de impedir un nuevo aval al uso injustificado de la violencia por parte de los funcionarios de la Policía del Chaco.

    LA CULPA DE LA VICTIMA
    En su recurso de casación, los abogados del Comité para la Prevención de la Tortura, Roberto Sotelo y Romina Duarte, señalaron que la sentencia absolutoria “carece de una fundamentación racional y resulta aparente, arbitraria y discriminatoria” y que los camaristas “exteriorizan un sesgo negativo hacia la víctima”.
    Entre otros puntos, advirtieron que el tribunal convalidó que Leo Bravo “fue aprehendido en flagrancia”, que “se resistió violentamente”, que “falleció por intoxicación”, que “molestaba a los vecinos”, que “no estaba lesionado” y que “era drogodependiente”. Para los querellantes, “todas estas expresiones ni hacen más que revictimizar la memoria de Leo Bravo y a su familia”.

    LA VERSION POLICIAL
    En otro tramo del escrito, el Comité advirtió que “toda la valoración del material probatorio se orienta con la intención de sostener la versión policial y lo hace absteniéndose de valorar en forma objetiva, sistémica e integral toda la prueba producida. El tribunal arribó a esta sentencia a partir de la acumulación de enunciados facticos fragmentados y considerados de forma aislada, de asignar relevancia indebida a inconsistencias que carecen de importancia frente al hecho.

    Share. Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp Copy Link

    Seguir leyendo

    Desaparición de Axel González: sin resultados positivos en el reconocimiento de prendas y crece la angustia de la familia

    Caso Axel: crean un Equipo Fiscal Especial y profundizan tres hipótesis clave

    Ruta 11 y Alvear: choque entre dos colectivos

    Incendio de un automóvil sobre Ruta 16: no hubo heridos y Bomberos lograron controlar las llamas

    Caso Axel González: con nueva fiscal, este viernes realizarán el reconocimiento de efectos secuestrados

    Intensifican controles rurales por transporte ilegal de hacienda

    ÚLTIMAS NOTICIAS
    Sociedad

    La Poceada Chaqueña fue para una repostera de Resistencia: se llevó un pozo de $109 millones

    29 de mayo de 2026
    Deportes

    Nuevo torneo de powerlifting organizado junto a Pampa Gym 

    29 de mayo de 2026
    Sociedad

     “Entre el cielo y la tierra” ya abrió sus puertas en el Museo de Ciencias Naturales Augusto Schulz

    29 de mayo de 2026
    Sociedad

    Nuevos dispositivos duales para la prevención de la violencia de género: «Esto es una pandemia», reconoció la subsecretaria de Justicia

    29 de mayo de 2026
    Policiales

    Desaparición de Axel González: sin resultados positivos en el reconocimiento de prendas y crece la angustia de la familia

    29 de mayo de 2026
    RSS En Corrientes
    • Rutas: Virginia viralizó su pedido al ministro «Toto» Caputo
    • Ojeda: «Nos toca gestionar en un cambio de paradigmas»
    • Tapa y Contratapa 29 de mayo de 2026
    • Diario Digital 29 de mayo de 2026
    • Nación ponderó la excelencia ganadera de Corrientes y activó un incentivo histórico
    Facebook X (Twitter) Pinterest Vimeo WhatsApp TikTok Instagram

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.