Close Menu
Diario La Voz del Chaco
    Facebook X (Twitter) Instagram
    ULTIMAS NOTICIAS
    • “Locura galopante”: Victoria Villarruel sembró dudas sobre el estado de Javier Milei
    • Conmoción en el fútbol mundial: UEFA anunció que retira sus selecciones de los torneos FIFA
    • Detuvieron a un hombre que hostigaba por redes sociales a una menor de 16 años en Resistencia
    • Boca visita a O’Higgins con la clasificación a octavos de final en juego
    • Alerta para Milei: el 50% de los argentinos dice que ya no tolera más ajuste económico
    • Se triplicaron las deudas entre jubilados en un año: el el 44,6% tiene cuentas pendientes
    • NEA: Chaco lidera el nivel de mora con más de 172 mil deudores con bancos y billeteras
    • «La objetividad de la fiscal podría estar comprometida»: Miguel Barceló explicó porqué pidió apartar a Noelia Encinas de la causa Axel
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Diario La Voz del ChacoDiario La Voz del Chaco
    jueves 30 julio
    • Videos
    • Política
    • Nacionales
    • Sociedad
    • Interior
    • Policiales
    • Deportes
    • Internacionales
    Diario La Voz del Chaco
    Portada » El STJ revisará sentencia que absolvió a policías
    Policiales

    El STJ revisará sentencia que absolvió a policías

    13 de enero de 2025
    Compartir
    Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp

    En noviembre del año pasado, la Cámara en lo Criminal de Charata absolvió a los cuatro policías imputados por la muerte en custodia de Leandro Bravo, ocurrida el 26 de febrero de 2022, en horas de la siesta.
    Para absolver a todos los imputados, los camaristas dieron por válida la versión policial de que la víctima “molestaba a los vecinos” y que por eso hicieron un “uso legítimo de la fuerza” para detenerlo y que fueron sus condiciones precarias de salud las que le provocaron la muerte, legitimando el accionar policial durante todo el procedimiento, publicó el portal judicial Litigio.

    LOS ACUSADOS
    En ese contexto, los jueces Juan Carlos Clauter, Andrea Sánchez y Lorena Cimbaro Canella absolvieron al oficial subayudante Alexis Fleitas Noguera, por los delitos de tortura seguida de muerte y falsedad ideológica; al cabo Franco Sosa y al agente Carlos Díaz por el delito de tortura seguida de muerte; y a Enzo Gómez como partícipe necesario del delito de tortura seguida de muerte.
    Ahora, el tribunal de juicio hizo lugar a los recursos de casación presentados por las querellas de la familia y del Comité para la Prevención de la Tortura del Chaco.
    LO QUE VIENE
    Será entonces la Sala Segunda en lo Criminal y Correccional del Superior Tribunal de Justicia, que en 2025 estará presidida por el juez Víctor Del Río y que tendrá como vocal a su par Iride Isabel Grillo, los que tendrán la posibilidad de revisar todas las objeciones planteadas por las querellas contra el fallo absolutorio y de impedir un nuevo aval al uso injustificado de la violencia por parte de los funcionarios de la Policía del Chaco.

    LA CULPA DE LA VICTIMA
    En su recurso de casación, los abogados del Comité para la Prevención de la Tortura, Roberto Sotelo y Romina Duarte, señalaron que la sentencia absolutoria “carece de una fundamentación racional y resulta aparente, arbitraria y discriminatoria” y que los camaristas “exteriorizan un sesgo negativo hacia la víctima”.
    Entre otros puntos, advirtieron que el tribunal convalidó que Leo Bravo “fue aprehendido en flagrancia”, que “se resistió violentamente”, que “falleció por intoxicación”, que “molestaba a los vecinos”, que “no estaba lesionado” y que “era drogodependiente”. Para los querellantes, “todas estas expresiones ni hacen más que revictimizar la memoria de Leo Bravo y a su familia”.

    LA VERSION POLICIAL
    En otro tramo del escrito, el Comité advirtió que “toda la valoración del material probatorio se orienta con la intención de sostener la versión policial y lo hace absteniéndose de valorar en forma objetiva, sistémica e integral toda la prueba producida. El tribunal arribó a esta sentencia a partir de la acumulación de enunciados facticos fragmentados y considerados de forma aislada, de asignar relevancia indebida a inconsistencias que carecen de importancia frente al hecho.

    Share. Facebook Twitter Email Telegram WhatsApp Copy Link

    Seguir leyendo

    Detuvieron a un hombre que hostigaba por redes sociales a una menor de 16 años en Resistencia

    «La objetividad de la fiscal podría estar comprometida»: Miguel Barceló explicó porqué pidió apartar a Noelia Encinas de la causa Axel

    CASO AXEL| Barceló, defensa de Gonzalo Escalante pidió acceder al expediente y recusó a la fiscal Encinas

    Barranqueras: un hombre agredió y amenazó con un arma de fuego a su pareja

    El caso que incomoda y revive el espejo de Cecilia

    Aprehendieron a una joven acusada de herir de gravedad con un cuchillo a otra mujer en Resistencia

    ÚLTIMAS NOTICIAS
    Nacionales

    “Locura galopante”: Victoria Villarruel sembró dudas sobre el estado de Javier Milei

    30 de julio de 2026
    Deportes

    Conmoción en el fútbol mundial: UEFA anunció que retira sus selecciones de los torneos FIFA

    30 de julio de 2026
    Policiales

    Detuvieron a un hombre que hostigaba por redes sociales a una menor de 16 años en Resistencia

    30 de julio de 2026
    Deportes

    Boca visita a O’Higgins con la clasificación a octavos de final en juego

    30 de julio de 2026
    Nacionales

    Alerta para Milei: el 50% de los argentinos dice que ya no tolera más ajuste económico

    30 de julio de 2026
    RSS En Corrientes
    • Valdés afianza la agenda logística con el Paraguay para potenciar el comercio correntino
    • Independiente pudo levantar la suspensión
    • Obras estratégicas llevan agua potable a San Luis del Palmar
    • Santo Tomé: denuncian al presidente de la Liga por presunta falsificación de identidad
    • Juan Pablo Valdés define la hoja de ruta con intendentes
    Facebook X (Twitter) Pinterest Vimeo WhatsApp TikTok Instagram

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.