Se dio lo que se esperaba, pero con un argumento inesperado. Tras ser elegido el viernes por sorteo para ser el juez técnico del juicio por jurados, donde se ventilará el femicidio de Cecilia Strzyzowski, Ernesto Azcona presentó un escrito ayer ante sus pares de la Cámara Tercera en lo Criminal solicitando su inhibición.
Argumentó que no podrá dirigir las audiencias debido a que fue testigo en una causa por supuestas amenazas que tiene como acusada a Marcela Acuña, imputada como partícipe necesaria del crimen de su nuera. Aclaró, sin embargo, que su participación en la etapa de instrucción no debería ser causal de apartamiento.
A partir de ahora, sus pares Lorena Padován y Virginia Ise deberán aceptar o rechazar su planteo. Si lo aceptan, deberán devolver las actuaciones a la Oficina de Juicios por Jurados para que se realice un nuevo sorteo mediante el Sistema de Registración de Sentencias (Sigi). En caso de rechazar la inhibición, será el Superior Tribunal de Justicia (STJ) el que tendrá la última palabra.
En su escrito, Azcona recordó que en la Fiscalía Penal 2 está en trámite la causa contra Marcela Acuña, en la cual se la investiga por presuntas amenazas desde su lugar de detención a funcionarios judiciales, entre ellos, el propio juez, publicó el portal Chaco Día por Día. «Aunque no soy denunciante, el delito en cuestión es de acción pública y he prestado declaración testimonial en ella el 10 de noviembre de 2023», relató el magistrado.
Señaló en este sentido que esta situación lo coloca en «estado de violencia moral», lo que según precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación podría conllevar el riesgo de que el magistrado no sea «neutral».
Si bien no fue parte del argumento esgrimido en esta inhibición, Azcona aprovechó para aclarar que su participación en carácter de juez subrogante de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal durante la etapa de la investigación penal preparatoria de este caso no debería ser motivo para apartarlo de la causa, tal cual se publicó en los medios de comunicación tras su elección.
«El juez técnico no es juez de responsabilidad en un juicio por jurados, sino el soberano (en referencia a los 12 jurados), y el juicio de cesura (donde se fija la pena) se realiza como juicio eventual ante la prueba que se produzca en la audiencia de cesura, previa litigación de las partes.
En este sentido, es dable recordar que el criterio reiteradamente expuesto por parte de la Corte Suprema de Justicia de la Nación referente a la intervención de un tribunal en un procedimiento anterior, propia de sus funciones legales, no puede invocarse como causal de excusación para continuar entendiendo en la causa», destacó.
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